Estando dentro del lapso establecido en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicacion del texto integro del fallo este Tribunal visto el convenimiento de las partes al que llegaron durante la Audiencia de Apelacion, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el acuerdo y REVOCA la Sentencia de Primera Instancia ordenando se fije la continuación de la Audiencia Preliminar.