Estando dentro del lapso establecido en la Ley Organica Procesal del Trabajo para la publicacion del texto integro del fallo apelado, este Tribunal en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelacion ejercida por la demandada, MODIFICA el fallo de Primera Instancia en los terminos establecidos en la Motiva de la presente decisiòn y declara CON LUGAR la demanda.