DISPOSITIVO
Por las razones expuestas este Juzgado Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandante. SEGUNDO: Se confirma la decisión objeto de apelación, todo en el juicio seguido por los ciudadanos: Gustavo Adolfo Rincón Barazarte, Wiliber Millán Peña, Leonardo Alonso Pinto y Leonardo Alexander Álvarez contra la empresa Constructora J.L. Adnmer, C.A., partes identificadas a los autos.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, a los dieciséis (16) días del mes de Febrero de dos mil siete (2007).- Años 196 de la Independencia y 147 de la Federación.-
EL JUEZ SUPERIOR DEL TRABAJO
ABG. ADRIÁN MENESES
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