Por las razones expuestas, este Juzgado Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: DESISTIDA la apelación interpuesta por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 30 de enero de 2007, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en virtud de la no comparecencia de la parte recurrente, todo de conformidad con lo previsto en la parte in fine del artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en el juicio seguido por el ciudadano: GUSTAVO JAVIER PEREZ, antes identificado contra el SERVICIO AUTONOMO TRUJILLANO DE DEPORTE, (SATRUD), representado legalmente por el ciudadano: ALEJANDRO SANCHEZ MARTORELLI. Se confirma la sentencia apelada.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despach.....