Estando dentro del lapso establecido en atención al articulo 11 de la Ley Organica Procesal del Trabajo para la publicacion del texto integro de la Sentencia sometida a Consulta, este Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de venezuela y por autoridad de la Ley REVOCA la Sentencia de Primera Instancia y Declara CON LUGAR la demanda intentada por el actor, modificando los calculos y las consideraciones de hecho y de derecho.