En el presente caso una vez revisados los respectivos documentos, se observa que las partes en fecha 5 de septiembre, mediante documento notariado, estando los tribunales en vacaciones judiciales, la parte demandante realizo el pago a la demandante por un monto de DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA BOLIVARES CON NOVENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs.18.390,97), especificando en dicho documento los montos y conceptos; solicitan la homologación, de una transacción extrajudicial y por cuanto se observa que la transacción se esta realizando una vez culminada la relación laboral, versando sobre los conceptos demandados, garantizando dicha que no ha violentado forma alguna el principio constitucional de irrenunciabilidad de los derechos laborales; actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de las trabajadoras y los trabajadores, artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo (vigente a la fecha) y artículo 1.713 y siguientes del Código.....