En Audiencia Preliminar; comparece por la parte Actora: ELVIS JOSE ARAUJO, titular de la cedula de identidad: 16.738.854, asistido por la Abogada en ejercicio ROSIBELL YARELIS VETANCOURT SEGOVIA, inscrita en el I. P. S. A con el Nº 158.277, por una parte, y por la otra, PEDRO JOSE VALE MONTILLA, abogado en ejercicio, inscrito en el I. P. S. A. con el N° 23.752, Apoderado de la Demandada PEPSI-COLA VENEZUELA C.A, las partes llegan al siguiente Acuerdo: la parte demandada cancela la cantidad de Bs. 104.085,09, en 2 partes la primera por la cantidad de Bs. 71.096,65 que fue cancelada en fecha 17-08-2011, y en este acto la segunda por la cantidad de Bs. 32.988,44, mediante cheque, la parte actora conviene y acepta. El Tribunal Homologa el acuerdo.