En el inicio de la Audiencia preliminar comparecen la Apoderada de la parte actora Abogada YAJAIRA DELGADO inscrita en el inpreabogado bajo el No. 28.118 y la parte demandada representada por la Ciudadana: SORELIS UZCATEGUI titular de la cedula de Identidad No.10.399.965, asistida por la Abogada MAYROBIS QUIJADA inscrita en el Inpreabogado bajo el No.28.895. La parte demandada reconoce adeudar a la demandante de autos la cantidad de DOS MILLONES QUINIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLIVARES CON NOVENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 2.512.969,96), por prestaciones sociales y la representante de la parte actora convino y acepto el pago y el Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologo el acuerdo dandole efecto de cosa juzgada.