En la prolongacion de la Audiencia preliminar compareciendo el Gerente de Operaciones de la Empresa Gutiérrez Protección y Seguridad C.A. (GUPROSE), en la ciudad de Valera Estado Trujillo, el ciudadano: JOSE ALIRIO CARDENAS PEREZ, Titular de la Cedula de identidad Nº : V- 5.029.464, actuando como Representante Legal de la Empresa Mercantil GUTIERREZ PROTECCIÓN Y SEGURIDAD, GUPROSE, C. A.; asistido por el abogado MAURO RANGEL inscrito en el IPSA bajo el No. 56.499 y la Apoderada Judicial de la parte actora Abogada LILIBETH DAYANA MONSALVE inscrita en el IPSA bajo el No. 82.783, llegando a un acuerdo en que la parte demandada convino en adeudar al demandadante la cantidad de Bs. 6.500.000 pagando en este acto. El Tribunal EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGO el acuerdo dandole efecto de Cosa Juzgada.