En la prolongacion de la Audiencia comparecen la ciudadana: MARIA GABRIELLA ORELLANA en su carácter de parte actora asistida por la Procuradora del Trabajo Abogada YRANIA TERAN inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 57.526 y la parte demandada representada por el ciudadano: ANTONIO MUSCOLINO asistido por su Apoderada Judicial Abogada MILAGROS PADILLA inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 63.773.Ambas partes convienen en la incertidumbre de probar sus alegatos por lo que deciden poner fin al litigio el Tribunal EN NOMBRE DE LA REUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA el acuerdo de las partes, dandole efecto de cosa juzgada.