En fase de sustanciacion se dicta resolucion mediante la cual vista la Transaccion presentada por la Apoderada Judicial de la demandante Abogada MERY DABOIN, inscrita en I.P.S.A bajo el No.14.606, y por la parte demandada el Ing. JULIO ARCONADA asistido por la Abogado ROSA MARIA GODOY inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 88.653, quienes llegaron al acuerdo siguiente: la demandada conviene en cancelar a la demandante la cantidad de Bs .F. 3.196,40 entregandolo en este acto en cheque, recibiendo conforme la Apoderada de la actora, por lo que el Tribunal EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Homologa el acuerdo.