En la realizacion de Audiencia Especial solicitada por las partes, comparece la ciudadana: GAIDALY DEL VALLE VIELMA, titular de la Cedula de Identidad No. 18.378.912 asistida por la Procuradora del Trabajo: AURA ROSA ROMAN inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 105.399 y por la parte demandada: "EL PAN ANDINO DE LOS SILOS DE MONAY", representada por la Ciudadana: AMANDA CACERES MARIN, titular de la Cedula de Identidad No.24.137.300, asistida por el Abogado MARCELL PLAZA inscrito en el Inpreabogado bajo el No.112.359, quienes manifiestan haber llegado al siguiente acuerdo: La parte demandada reconoce y conviene en cancelar el Monto sentenciado de Bs. 2.344.079,50, cancelando hoy en dinero en efectivo a la demandante la cantidad de Bs. 1.000.000,oo, ofreciendo el saldo restante de Bs. 1.344.079,50 para la fecha 21 de Diciembre de 2.007. La parte actora acepto y el Tribunal EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGO el acuerdo.