En fase de Ejecucion forzosa se traslado y constituyo el Tribunal en la sede de la empresa demandada RECTIFICADORA DURÁN, presente los Apoderados Judiciales de la parte actora y el ciudadano Nestor Duran Mantilla, representante legal de la demandada, asistido por el Abogado Alfonso Flores, con I.P.S.A N° 5351 ofrece cancelar como abono a la deuda total la cantidad de Bs. 4.000.000,00 el día 31 de mayo del 2.007 y 22 cuotas consecutivas de Bs. 500.000,00 a partir del 31 de julio de 2.007, que se haran efectivos en la sede de la empresa demandada; la parte actora acepta el ofrecimiento de la demandada y el Tribunal EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA el acuerdo de las partes en fase de Ejecución. Se deja constancia que no se transcribe el acta por haber sido realizada de forma manual.