Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la pretensión incoada por el ciudadano JAIRO JOSE ANGEL, en contra de la entidad de Trabajo PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A,. Así se decide.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada para el copiador de sentencias.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. En Trujillo a los veintiséis (26) días del mes de Julio del año 2016. Años: 206º y 157º.
Publíquese. Regístrese
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