Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la entidad de trabajo SERVICIO DE CAUCHO LA INGENIERIA, inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Trujillo el 08 de mayo de 2009, bajo el Nº 130, Tomo Nº 2-B RMPET, en la persona de su representante legal ciudadana EMERITA JOSEFINA SEGOVIA DE BRICEÑO, titular de la cedula de identidad Nº 5.766.187, asistida por el Abogado DOUGLAS EDUARDO BARRETO PERDOMO, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 117.474, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR ÓRGANO DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO TRUJILLO CON SEDE EN TRUJILLO, contra el acto administrativo de efectos particulares, constituido por la providencia administrativa Nº 009-03-2012, de fecha 28 de junio de 2012.