Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la defensa de cosa juzgada opuesta por la parte demandada. SEGUNDO: SIN LUGAR la pretensión que por cobro de salarios dejados de percibir derivados de la cláusula 46 de la Convención Colectiva de la Industria de la Construcción, interpuso el ciudadano: RAFAEL RAMÓN BRICEÑO QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.161.613, domiciliado en el sector El Cumbe, jurisdicción del Municipio Valera, Estado Trujillo, por medio de su apoderado judicial ABG. HENRY BRICEÑO RIVERA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el IPSA bajo el Nº 56.726, domiciliado en la Avenida 12, esquina Calle 9, Edificio Tahan, Confecciones Emili y Eliécer al lado de la Farmacia Santa Rosa de Lima de la ciudad de Valera, Estado Trujillo; contr.....