este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO que por cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos, que fue incoado por el ciudadano ALEXIS MÉNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-10.422.975, representado judicialmente por Abg. IVÁN ALEXIS VENEGAS CHACÓN, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 53.027, en contra de la empresa EDIFICACIONES E INVERSIONES MARCACCIO COMPAÑÍA ANÓNIMA, (EDIMA C. A), representada por el ciudadano ELIO MARCACCIO BAGAGLIA, por intermedio de su apoderada judicial Abg. MAYROBIS QUIJADA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 28.895. Así se decide.
.LA JUEZA SEGUNDA DE JUICIO,
ABG. MARIA NANCI MENDOZA
LA SECRETARIA,
ABG. ASTRID LEÓN ROJAS