Como consecuencia de los fundamentos de hecho y de derecho previamente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida de embargo solicitada por los abogados WILLIAM RAMON MARTINEZ VEGAS y HUMBERTO MARVAL LUGO en su escrito de demanda. Así se declara.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, el primer (1º) del mes de marzo del año 2016. 205º y 157º.
EL JUEZ,
ABG. LUIS R. HERRERA GONZÁLEZ
EL SECRETARIO,
ABG. JONATHAN MORALES
En esta misma fecha, siendo las 11:19 AM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley.....