III
Por las consideraciones que anteceden este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara el Divorcio, y por consiguiente, disuelto el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos, CLEMENTE GONZÁLEZ DE LEÓN y MARIA ELENA TOVAR PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-24.923.596 y V-6.433.682, respectivamente, el cual fue contraído en fecha 22 de Junio de 1.977 por ante el Juzgado Primero de Parroquia, actualmente Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según consta de Acta de la misma fecha inserta bajo el N° 148 del Libro de Registro Civil de Matrimonios, del año 1.977 llevado por ante dicha dependencia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en l.....