este Juzgado Segundo de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, HOMOLOGADA la presente TRANSACCIÓN celebrada entre las partes involucradas en este proceso de mutuo acuerdo, por cuanto la misma se contrae a la controversia planteada en el juicio de DAÑOS Y PERJUICIOS que siguen los ciudadanos IMA CAROLINA GONZALES DE GARCIA, JORGE RAFAEL GARCIA GONZALEZ, SOFIA SABRINA GARCIA GONZALEZ, IRENE BEATRIZ GARCIA GONZALEZ Y ALEJANDRO HERNAN GARCIA GONZALEZ, contra la sociedad mercantil BAZAR CUMBRES, C.A., signado con el asunto Nro. AP11-V-2013-000616, de la nomenclatura particular de este Despacho, por no ser contraria a derecho o alguna disposición expresa de la Ley y versa sobre derechos disponibles por las partes. Asimismo se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme lo establece el Artículo 255 del Código d.....