Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda de cobro de bolívares (vía ejecutiva), incoada por la sociedad mercantil BANCO REAL, BANCO DE DESARROLLO, C.A (antes denominado BANCO DE DESARROLLO DEL MICROEMPRESARIO, C.A), cuyo ente liquidador es el FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPOSITOS BANCARIOS (FOGADE), en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES BOLOCO, C.A, todos identificados con anterioridad, y en consecuencia, se condena a la demandada al pago de los conceptos que se discriminan a continuación:
PRIMERO: La cantidad de UN MILLON SETECIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS BOLIVARES CON CUARENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 1.790.652,45), por concep.....