En fuerza de todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en nombre de la Ley, declara: SIN LUGAR la denuncia de desacato formulada incidentalmente en esta causa por el quejoso, ciudadano CÉSAR GUZMÁN CONTRERAS ZAMBRANO, en contra de la agraviante, asociación civil CONDUCTORES CRIOLLITOS DE LA PASTORA.
Regístrese, publíquese, y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la Ciudad de Caracas, a los 4 de noviembre de 2016. 206º y 157º.
El Juez,
Abg. Luis R. Herrera G.
El Secretario,
Abg. Jonathan Morales
En esta misma fecha, siendo las 1:07 PM, previo el cumplimiento de las f.....