Con vista a lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 514 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal ordena evacuar los medios de pruebas promovidos por ambas partes y que fueron señalados en los escritos de fechas 6 y 8 de abril del 2015, por la parte demandada y demandante respectivamente, por consiguiente, con respecto a los medios probatorios de la parte Co-demandada, acuerda:
Oficiar al Banco MERCANTIL COMMERCEBANK, ubicado en 220, Alambra Circle, Coral Gables, FL 33134, Estados de la Florida de los Estados Unidos de América, a los fines de que informe los siguiente:
a) Que informe a este Tribunal si el ciudadano NELSON LUIS TROMPIZ MACHADO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-5.312.196, tiene o ha tenido cuentas bancarias en el Mercantil Commercebank e indique los números de cuentas, el estatus, fecha de apertura y cierre de las mismas;
b) Que informe a este Tribunal si el ciudadano NELSON LUIS TROMPIZ .....