este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en nombre de la ley, se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano ZIAD TABBOULI en contra de la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 23 de enero de 2014, dictada en la causa contenida en expediente Nº AP31-V-2013-1109 de dicho Juzgado.
Se niega la solicitud de acumulación de autos respecto del amparo conocido por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, formulada por el tercero coadyuvante con base en el artículo 10 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por cuanto no quedó demost.....