este Juzgado Segundo de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, HOMOLOGADO la presente transacción celebrada en fecha 8 de Abril de 2014, mediante escrito consignado ante este Tribunal, en los términos señalados por las partes, por cuanto la misma versa sobre la controversia planteada en el juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, el cual fue interpuesto por la sociedad de Comercio BANCO BICENTENARIO, BANCO UNIVERSAL en contra de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES G.M. 200, C.A y a la sociedad mercantil PROMOTORA DURI 2.000 y ASOCIADOS C.A., signado con el expediente No. AP11-M-2013-000627