este Juzgado Segundo de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, HOMOLOGADO la presente transacción celebrada en fecha 31 de enero de 2014, suscrito por ante la Notaria Pública Vigesima del Municipio Libertador del Distrito Capital, en los términos señalados por las partes, por cuanto la misma versa sobre la controversia planteada en el juicio que por INTIMACIÓN, el cual fue interpuesto por JOAO VALENTE MARTINS DA CRUZ en contra del ciudadano JOAO OCTAVIO ABREU JARDIN, signado con el expediente No. AH12-V-1999-000033, por no ser contraria a derecho o alguna disposición expresa de la Ley y versa sobre derechos disponibles. Asimismo se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme lo establece el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- asimismo, se suspende la medida de prohibición de enajenar y grav.....