Ahora bien, por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA dar por consumado el convenimiento celebrado en fecha 04 de marzo de 2016, mediante escrito consignado ante este Tribunal, sobre la controversia planteada en el juicio de TERCERIA, el cual fue interpuesto por la ciudadana MARIA ALEXANDRA CARDERERA QUINTANA contra PROYECTOS Y DESARROLLOS OV 37675, C.A., CORPORACIÓN MACHINERY 923, C.A. y JUAN MANUEL DE LIMA VILLALOBOS, signado con el expediente Nº AP11-V-2014-001413, de la nomenclatura particular de este Despacho, tomando en cuanta lo antes aludidos.-
EL JUEZ,
ABG. LUIS RODOLFO HERRERA GONZÀLEZ.-
EL SECRETARIO,
ABG. JONATHAN A. MORALES
En esta misma fecha, siendo las 10:53 AM, previo el cumplimient.....