Como consecuencia de los razonamientos fácticos y jurídicos precedentemente desarrollados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA las medidas preventivas de secuestro y prohibición de enajenar y gravar solicitadas por el apoderado judicial de la parte demandada, ya identificado, contenida en el escrito presentado en fecha 27 de abril de 2018. ASÍ SE DECIDE.-
Regístrese, publíquese, déjese copia certificada y notifíquese a las partes.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, a los once (11) días del mes de mayo de dos mil dieciocho (2018). 208° y 159°.
EL JUEZ,
Abg. LUIS RODOLFO H.....