Como consecuencia de lo expuesto y con fundamento en las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda que por simulación de venta incoara el ciudadano MANUEL DE JESUS RODRIGUEZ MENA, en contra los ciudadanos IRENE JUDITH SULBARÁN VERA y MANUEL GERARDO RODRIGUEZ LUZARDO; ambos suficientemente identificados en el encabezado de esta decisión. En consecuencia, se declara lo siguiente:
PRIMERO: Se declara la NULIDAD POR SIMULACION del contrato de compraventa celebrado entre el ciudadano MANUEL DE JESUS RODRIGUEZ MENA, y los ciudadanos IRENE JUDITH SULBARÁN VERA y MANUEL GERARDO RODRIGUEZ LUZARDO, contenido en documento público protocolizado en fecha 24 de agosto de 2001, ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro Público del Municipio Sucre, Estado Miranda, anotado bajo el Nº 34, Tomo 19, Proto.....