En fuerza de todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en nombre de la ley, declara SIN LUGAR la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano Hugo Luís Dam Suárez, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.073.684, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 13.761, en contra de la sociedad mercantil Habitacom C.A., la cual se encuentra inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 04 de Agosto de 2003, bajo el Nº 27, tomo 103-A-Primero.
Regístrese, publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil,.....