En razón de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano LUIS ALBERTO FERNANDEZ RIVAS, contra el ciudadano JOSE GREGORIO ZAMORA ZORRILLA, plenamente identificados en el encabezado de la presente decisión.
Regístrese, publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los trece (13) días del mes de julio del año dos mil dieciséis (2016).-
El Juez,
Luis Rodolfo Herrera G.
El Secretario,
Jonathan Morales.
En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las 3:00 PM.-
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