Ahora bien, por cuanto no existe evidencia en las actas procesales de que pudiera lesionarse derechos e intereses de terceros diferentes a las partes que celebran el presente desistimiento, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por CONSUMADO el desistimiento presentado en fecha 26 de enero de 2017, mediante escrito consignado ante este Tribunal, en los términos señalados por la representación judicial de la parte actora, por cuanto la misma versa sobre la controversia planteada en el juicio que por Ejecución de Hipoteca, fue interpuesto por la institución bancaria Banco del Tesoro, C.A., Banco Universal en contra de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES Y MECÁNICA, C.A., y los ciudadanos Donaldo Antonio Blanco Ariza y Martha Elizabeth Jiménez de Blanco, venezolanos, mayores de edad, casados y titular de la cédula de.....