Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara consumado el desistimiento del procedimiento efectuado por el abogado, JESÚS GONZÁLEZ, apoderada judicial del ciudadano JOSÉ MARMO YAPICCA identificados en autos, en el juicio que por NULIDAD DE ASAMBLEA que sigue contra DISTRIBUIDORA MADECHAPA C. A., y CLAUDIA MARMO IAPICCA, el cual fue aceptado sin reserva alguna por la abogada en ejercicio HERNOSINDA AGRESTI ALONZO, en nombre de sus representados, en fecha 06 de junio de 2016, todo en atención a lo previsto en los artículos 263, 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil.-
Asimismo, se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas en el escrito que nos ocupa, debiéndose incluir en las mismas tanto el referido es.....