Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda de cobro de bolívares (vía ejecutiva) incoada por la sociedad mercantil BANCO REAL, BANCO DE DESARROLLO, C.A (antes denominado BANCO DE DESARROLLO DEL MICROEMPRESARIO, C.A), cuyo ente liquidador es el FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS, (antes denominado FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS Y PROTECCIÓN BANCARIA "FOGADE"), contra los ciudadanos AYMAN DAHHAN y MOHAMED DANHAN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° V-24.887.343 y V-24.699.330. En consecuencia, se condena a dichos co-demandados a pagar a la parte actora las siguientes cantidades de dinero:
PRIMER.....