este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO, sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada, como lo es, la sociedad mercantil INVERSIONES ELECOM, C.A., representada por el ciudadano ELEUTERIO LIBI PLEVANA, en su carácter de Director General y Representante Legal de dicha empresa, y el ciudadano MAURO LIBI CRESTANI, en su condición de Avalista y principal pagador, hasta cubrir la cantidad de NOVENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 99.941.379,66), suma esta que comprende el doble del total de la cantidad demandada (Bs. 47.591.133,33), más las costas prudencialmente calculadas por este Tribunal en un diez por cuento (10%) lo que resulta la cantidad de CUATRO MILLONES SETECIE.....