Ahora bien, con vista al pedimento contenido en el Capitulo IV del libelo de demanda, respecto a la solicitud de intimación de la parte ejecutada, por cuanto la parte demandada tiene su domicilio en la ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, el tribunal a tales fines comisiona amplia y suficientemente al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutores de Medidas de los Municipios Maracaibo, San Francisco, y Jesús Enrique Lossada de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a los fines de que se practique la intimación aquí ordenada.. Líbrense oficio, despacho y compulsa con su respectiva orden de comparecencia al pié adjunto copias certificadas del libelo de la demanda y del presente auto de conformidad con el artículo 112 eiusdem. Seguidamente, el tribunal en atención al pedimento efectuado en el Capitulo V del libelo de demanda, referente a la solicitud de del decreto de la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el bien inmueble, objeto del presente asunto, lo acuerda en conform.....