Como consecuencia de lo expuesto y con fundamento en las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en este juicio que por INFRACCIÓN DE PATENTE sigue la sociedad mercantil DAEWOO ELECTRONICS CORPORATION, en contra de la sociedad mercantil INTAM, INTERNACIONAL AM DE VENEZUELA, C.A, ambas bien identificadas en el encabezado de esta decisión.
De conformidad con lo previsto en el artículo 283 del citado Código, no hay condenatoria en costas.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los diecisé.....