este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, niega la solicitud formulada por la representación judicial de la abogada ROSA ARMAS, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada en la presente causa y contenida en las diligencias de fechas 15 de noviembre y 06 de diciembre ambas del año 2011. Asimismo, se declara inválido el acto de fecha 08 de julio de 2011, relativo a las posiciones juradas de la ciudadana Elisa Morales Morales, codemandada en la presente causa. Así se decide.-