PRIMERO: Se homologa el CONVENIMIENTO en la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue el ciudadano EDUARDO IMERY ARROYO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-3.180.758, contra la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN MINERA DEL SUR I, C.A. domiciliada en Puerto Ordaz, Municipio Caroní del estado Bolívar, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 11 de Octubre de 2018, bajo el Nº 23, Tomo 73-A, REGMERPRIBO, identificada con el Registro de Información Fiscal (RIF), J-41199095-7, representada por su Director Ejecutivo ciudadano JOSÉ GREGORIO HERNANDEZ BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.396.245, asistido por el abogado HECTOR OLIVO ÁLAMO, Inpreabogado Nº 23.060 y aceptado dicho convenimiento por la parte actora EDUARDO IMERY ARROYO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de .....