En razón de los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, declara su INCOMPETENTENCIA EN RAZÓN DE LA MATERIA para conocer de este juicio de acción de cobro de PRESTACIONES SOCIALES, INDEMNIZACIONES Y DEMÁS BENEFICIOS LABORALES (por efectos del pago con subrogación hecho por la parte actora) iniciado por la sociedad mercantil NESTLÉ VENEZUELA, S.A., en contra de la sociedad mercantil MORIA SISTEMAS INTEGRALES, C.A., ambas plenamente identificadas en el encabezado de esta decisión. Como consecuencia de lo anterior, este juzgado declina su competencia en un Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución con Competencia Laboral del Área.....