Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda de Divorcio incoada por el ciudadano HENRY EDUARDO ORIGUEN TARAZONA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 14.201.558, contra la ciudadana DALILA JOSELL RODRIGUEZ ROSALES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 15.701.948. En tal sentido, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que unía a los ciudadanos HENRY EDUARDO ORIGUEN TARAZONA y DALILA JOSELL RODRIGUEZ ROSALES, el cual fue contraído en fecha 20 de mayo del 2011, ante la Registradora Civil del Municipio el Hatillo del Estado Miranda.
Se condena en costas a la part.....