este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, NIEGA la solicitud de perención de la instancia formulada por la parte demandada el 14 de febrero de 2014.
No hay condena en costas de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.