este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, declara su INCOMPETENTENCIA EN RAZÓN DE LA MATERIA para conocer de este juicio iniciado por demanda de partición incoada por el ciudadano JOSÉ LUIS GAMEZ ZERPA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-9.596.529, en contra la ciudadana DELIA JASONE JORAIMA ALEJOS LOPEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-11.170.142. Como consecuencia de lo anterior, este Tribunal declina su competencia en una Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-
Una vez vencido el lapso est.....