Respecto de las pruebas promovidas por la parte actora, el tribunal declara lo siguiente:
PRIMERO: Respecto de la reproducción del mérito favorable, este tribunal desestima el mismo, considerando que no existe medio probatorio que admitir.
SEGUNDO: En cuanto a las probanzas documentales discriminadas en el capítulo II, particular SEGUNDO de la presente decisión, este tribunal niega la admisión de las contenidas en los numerales que van desde el 1 hasta el 4, ambos inclusive; admite las identificadas en el numeral 5; y, niega la admisión de las fotografías aludidas en el numeral 6 del mencionado particular.
TERCERO: Respecto a la prueba de inspección judicial, especificada en el capítulo II, particular TERCERO de la presente decisión, el tribunal niega su admisión, por no ser el medio probatorio más idóneo.
CUARTO: Respecto de la prueba testimonial, contenida en el capítulo II, particular cuarto de la presente decisión, el tribunal la admite, salvo su apreciación en la definitiv.....