Por las razones de hecho y de derecho previatemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone lo siguiente:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE la solicitud efectuada por la representación judicial del demandado, referida a la declaratoria de falta de cualidad activa que tendría la parte demandante para actuar en este juicio.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la pretensión contenida en la demanda mero declarativa de concubinato, incoada por la ciudadana por la ciudadana GABRIELA ANDREA RAMÍREZ ARELLANO contra el ciudadano CÉSAR EUSEBIO OLIVEROS MARÍN.
TERCERO: No hay especial condena en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE A LAS PARTES
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito.....