este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, homologada en los términos señalados por éstas, la transacción celebrada en fecha 28 de Septiembre de 2012, en el juicio que por Cobro de Bolívares incoara Baiona, C.A., en contra de Zuma Seguros, C.A., signado con el asunto N° AP11-M-2012-000302, de la nomenclatura particular de este Despacho, por no ser contraria a derecho o alguna disposición expresa de la Ley y versa sobre derechos disponibles. Asimismo se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme lo establece el Artículo 255 del Código de Procedimiento Civil.