PRIMERO: SIN LUGAR la pretensión de cumplimiento de contrato, incoada por el ciudadano RAMÓN VENCE PEDROUZO, en contra de la ciudadana MARÍA CRISTINA PARADA DEL RAMIA, anteriormente identificados en el presente fallo.
SEGUNDO: SIN LUGAR la cuestión previa referente a la ilegitimidad de la persona que se presenta como apoderado o representante del actor por no tener la representación que se le atribuye en este juicio, promovida por la parte demandante reconvenida en contra de la reconvención ejercida por la parte demandada.
TERCERO: CON LUGAR la reconvención por cumplimiento de contrato, incoada por la ciudadana MARÍA CRISTINA PARADA DEL RAMIA, en contra del ciudadano RAMÓN VENCE PEDROUZO, anteriormente identificados en el presente fallo. En consecuencia, se le ordena a la parte demandante reconvenida la entrega del bien inmueble arrendado, constituido por la planta alta de la Quinta Villa Accio, ubicada en la Calle El Mirador, Urbanización Prados del Este, Municipio Baruta, Estado.....