En razón de todos los argumentos de hecho y de derecho previamente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la pretensión contenida en la demanda de partición de la comunidad hereditaria, incoada por los ciudadanos AURA ROSA PEREZ CARRERO, AMINTA ROSA PEREZ CARRERO, ALBERTO RAFAEL PEREZ CARRERO, JOSE RICARDO PEREZ CARRERO y LEONARDO JOSE PEREZ CARRERO, contra el ciudadano MIGUEL ANGEL PEREZ RODRIGUEZ. Así se declara.-
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora, por haber resultado totalmente vencida.
Notifíquese a las partes con observancia de lo dispuesto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firm.....