este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el 50% de los derechos pro indivisos de propiedad que tiene la ciudadana Elga Alicia Cristina Meléndez Martín, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 11.734.221, sobre el siguiente bien inmueble que a continuación se describe:
1) "Un inmueble constituido por el apartamento distinguido con el Nº B-54, situado en el edificio B, piso 5, tipo 8, que forma parte del Conjunto Residencial Terraza Toledo, que se encuentra en la Etapa I, la cual forma parte del Proyecto Residencial Terrazas de Mirávila, situada en la parcela residencial B-01 de la etapa II de la Urbanización Mirávila, ubicada en la Carretera La Flecha-Carimao, Sector Carimao,.....