De conformidad con las premisas antes señaladas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de aclaratoria interpuesta por el abogado en ejercicio ALFREDO PARÉS SALAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.079, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en el presente asunto, sobre la sentencia interlocutoria proferida por este Despacho en fecha 09 de agosto del año 2016, la cual resolvió el pedimento cautelar efectuado en el escrito de demanda. En tal sentido, este Tribunal decide corregir dicho fallo, y donde dice: "PRIMERO: DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un lote de terreno ubicado en el lugar hoy denominado Tucacas, Beach, que anteriormente formó parte del fundo denominado San Rafael, quedan inc.....